Se valorará la formación impartida con el doble de horas que la formación recibida.

Para que la formación recibida se considere válida debe proporcionar una actualización demostrable de los conocimientos objeto del Esquema y sólo se tendrá en cuenta la formación recibida durante el período de vigencia de la certificación. No será válida la formación reconocida para presentarse al examen de certificación (es decir, las formaciones de 60h, 100h y/o 180h que específicas para la certificación inicial).

Para que el certificado de formación sea valorado debe constar:

  • La entidad de formación que lo imparte
  • El título de la formación
  • Fecha de realización
  • Nº de horas
  • Temario y
  • Formato (presencial u online)

En el caso de no poder justificar la formación anual mínima requerida durante alguno de los tres años exigidos, se permite la cumplimentación de esa formación en alguno de los otros dos años restantes.

Se considera formación la asistencia a seminarios y congresos siempre que el candidato aporte certificado con la misma información solicitada para un programa de formación.

ADOK informarán a los DPD certificados, con al menos 90 días de antelación a la caducidad de su certificación, para que puedan presentar la documentación de renovación, pero los interesados pueden presentar la documentación de renovación desde el momento en el que cumplan los requisitos de renovación. Independientemente del momento en que se completen los requisitos de recertificación, la recertificación se emitirá con fecha del día siguiente al del vencimiento de la certificación previa.

La renovación habrá de solicitarse con anterioridad a la fecha de vencimiento del certificado. La no recepción por la persona certificada de la comunicación de ADOK, informando del final del periodo de validez de la certificación, no eximirá del cumplimiento de lo indicado en este apartado.

El proceso de presentación de la documentación por parte de los DPD certificados deberá realizarse al menos 1 mes antes de la caducidad del certificado. En caso contrario, ADOK se reserva el derecho de no admitir la documentación, y por consecuencia, de no proceder a la revisión de la documentación ni la renovación del certificado.

ADOK procederá a la valoración de la solicitud y de la documentación aportada. Si como resultado de la valoración se concluyese que no se reúnen los requisitos para la renovación de la certificación, se comunicará por escrito al interesado las deficiencias advertidas y se le concederá un plazo de 10 días naturales para que proceda a subsanarlas. Si el candidato no subsana el requerimiento en ese periodo, ADOK se reserva el derecho de desestimar su solicitud de renovación. En cualquier caso, el candidato deberá enviar los requerimientos de subsanación en un plazo máximo de 10 días naturales antes de la caducidad de su certificado. Transcurrido dicho plazo sin que se hubiera procedido a su subsanación se declarará al candidato como no renovado, lo que se le comunicará por escrito y se procederá a la retirada del certificado.

Si la solicitud es aceptada, igualmente se informará por escrito al interesado.

La renovación de la certificación implicará un nuevo certificado justificativo a emitir por ADOK con el mismo número personal asignado en la primera certificación. El nuevo certificado tendrá un periodo de validez de tres años.